La información del catastro multipropósito es un bien estratégico

Colombia adelantándose a las nuevas tendencias sociales y de los Estados que trae la pos-pandemia soñó con un catastro con enfoque multipropósito[1]. Así el DANE expidió el decreto 148 de febrero 4 de 2020 reglando esta iniciativa. Faltándole en ese momento el calificativo de bien estratégico para la nación, resguardándola en que son fines esenciales del estado mantener la integridad territorial, como ordena el mandato 2 de la carta magna.

Con la anotación que este mandato venia del Plan de Desarrollo del gobierno anterior y confirmado en el del actual régimen como quedo plasmado en  el artículo 79 de Ley 1955 de 2019 “Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad” establece que la gestión catastral es un servicio público cuyo objeto es la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral, así como los procedimientos del enfoque catastral multipropósito.

Por lo cual era necesario reglamentar el marco de la gestión catastral con el fin de especificar las condiciones generales del servicio público de gestión catastral, definiendo los aspectos esenciales de la prestación del servicio, tales como: la actuación coordinada de las entidades administrativas para que el servicio sea prestado de manera eficiente, la manera como los gestores y operadores catastrales desarrollarán sus actividades en la prestación del servicio y las funciones que tendrán las entidades de regulación, inspección, vigilancia y control del servicio público.

Pero ¿que es un catastro? Es el inventario o censo de los bienes inmuebles localizados en el territorio nacional, de dominio público o privado, independiente de su tipo de tenencia, el cual debe estar actualizado y clasificado con el fin de lograr su identificación física, jurídica y económica con base en criterios técnicos y objetivos. ¿Y el enfoque multipropósito? Es que la información que se genere a partir de su implementación, debe servir como un insumo fundamental en la formulación e implementación de diversas políticas públicas, contribuyendo a brindar una mayor seguridad jurídica, la eficiencia del mercado inmobiliario, el desarrollo y el ordenamiento territorial, integrada con el registro público de la propiedad inmueble, digital e interoperable con otros sistemas de información del territorio, y que provea instrumentos para una mejor asignación de los recursos públicos y el fortalecimiento fiscal de los territorios.

Los actores y principales prestadores de este servicio público son el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) y los Gestores Catastrales, quienes prestarán el servicio directamente o a través de los operadores catastrales.

El IGAC como la máxima autoridad catastral del país, encargado de la función reguladora y ejecutora en materia de gestión catastral, agrología, cartografía, geografía y geodesia a nivel nacional. El IGAC tendrá la función de verificar las condiciones para la habilitación como Gestores Catastrales y otorgar la habilitación. Los gestores catastrales son las entidades públicas del orden nacional o territorial, así como los esquemas asociativos de entidades territoriales, que hayan sido habilitadas por el IGAC. De igual manera, se consideran gestores catastrales, los catastros descentralizados y delegados titulares de la gestión catastral. Así mismo, es gestor catastral la Agencia Nacional de Tierras- ANT – en los términos del artículo 80 de la Ley 1955 de 2019. Los gestores catastrales, independientemente de su jurisdicción, podrán prestar el servicio público catastral en cualquier parte del territorio nacional. Mientras que los operadores catastrales son las personas jurídicas, de derecho público o privado que, mediante contrato suscrito con uno o varios gestores catastrales, desarrollan labores operativas que sirven de insumo para adelantar los procesos de formación, actualización y conservación catastral, así como los procedimientos del enfoque catastral multipropósito que sean adoptados, conforme con la regulación que para el efecto expida el Gobierno nacional. Los requisitos de idoneidad y las condiciones de contratación de los operadores catastrales serán los señalados por las normas que regulen la materia, ya existe un primer muy avanzado de esta reglamentacion que esta abierta a comentarios de la comunidad catastral.

Estas son las razones por las cuales recientemente  la directora del IGAC, Olga Lucia  López,  informaba a un medio de comunicación las metas de consolidar  el sistema catastral del país en 100%, es decir las 114.7 millones de hectáreas del continente, sin tener en la cuenta el catastro de nuestras áreas insulares. Remembro, la directora, que su meta es  actualizar la información catastral de 60% de los predios en 2022 y 100% en 2025. Y el 100% de la funcionalidad del Sistema Nacional de Información de Catastro Multipropósito. Igualmente, en cuanto al área de geográfica en municipios del Programa de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET)

Pero esta meta se enfrenta con unos índices desalentadores para lograr sus metas, pues el país solo cuenta con el 2.3%  actualizado del área total, y se pretende llegar en el 2022 al 60%.

Pero por otro lado las noticias son motivadoras, el País ya cuenta con recursos económicos, un préstamo del Banco Mundial US$ 100 Millones y otro por el Banco Interamericano de Desarrollo por US$50 Millones. Y se creó una institucionalidad para la búsqueda de este bien estratégico, el IGAC, la ANT y  5  gestores (Bogotá, Cali, Medellín, Antioquia y Barranquilla, aun que a esta ultima aparentemente le retiraron las facultades). Y recientemente se incorporaron 5 más, a saber:  el Área Metropolitana de Bucaramanga, el Área Metropolitana Centro Occidente, el departamento del valle, Soacha y los Municipios Asociados del Altiplano del Oriente Antioqueño (MASORA). La institucionalidad cuenta con roles definidos, DNP coordinar las entidades involucradas, IGAC aportará lo insumos geodésicos y cartográficos, la ANT será responsable del ordenamiento social de la propiedad rural y la Superintendencia de Notariado y Registro aportará los insumos registrales y tendrá la labor de vigilancia y control.

Los beneficios de este catastro

Al ser calificado  como un servicio esencial, por le momento, mientras se racionaliza que este es un bien estratégico de la nación son, entre otros:

  • La generación de información oportuna y confiable para la priorización y la asignación de inversiones en el territorio; en las áreas de la salud, educación, infraestructura, protección de los servicios eco sistémicos, en fin para la elaboración de política pública transversal para los sectores sociales y reales de la economía nacional.  
  • La administración fiscal de la tierra y eficiencia en el recaudo del impuesto predial. La tan cacareada y ahora muy necesitada reforma fiscal estructural con un visón territorial.  
  • La identificación de zonas de protección ambiental en el territorio. Para la conservación y promoción de los servicios ecosistémicos de estos biomas.
  • La adecuada interrelación entre el catastro y el registro. Sueño anhelado de muchos y promovido por pocos, pues simplifica la tramitología de la burocracia del Estado haciendo más costoso el valor transaccional de los inmuebles.
  • La interoperabilidad del catastro con los demás sistemas de información sobre el uso del territorio, como los mapas de tierras de la  Agencia Nacional de Hidrocarburos, la Agencia Nacional de Minería, La Upra, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Ambiente, y algunas privadas como ARkandha®
  • El fortalecimiento de la capacidad institucional. 
  • La utilización de tecnologías y estándares para integrar la información de todas las entidades públicas.
  • La obtención de información completa y exacta sobre la situación legal y real de los predios.
  • Herramienta eficaz para el ordenamiento del territorio, urbano, rural, ambiental económico y social, como puede ser permitir la fácil  delimitación de fronteras de territorios indígenas y colectivos, entre otros.
  • Identificar las áreas de formalización de la industria extractiva informal.

Finalmente, un jugador muy importante ya tomó la delantera, el Catastro Bogotá, y lanzo la marca GO Catastral, gestor y operador. Para prestar el servicio de catastro multipropósito en los territorios del país. La nueva marca ofrece los servicios de actualizar los catastros, optimizando el uso de la información geográfica disponible, ampliando su campo de acción para focalizar y priorizar de manera adecuada las políticas publicas en temas como vivienda, servicios públicos, infraestructura, planeamiento territorial tanto urbano como rural. Esta marca tiene el respaldo técnico y tecnológico del Catastro Bogotá, que dice realizar un censo anual que mantiene actualizado más de 2.600.000 predios utilizando modelos directos e indirectos de actualización y conservación catastral, además posee un Observatorio Técnico Catastral  y una estructura de datos espaciales con más de 70 capas de información georreferenciadas para la toma de decisiones en sus diversas políticas territoriales. Catastro Bogotá no solo ofrece sus servicios como gestor sino como operador catastral para proveer el servicio público de catastro. Todo basado en el modelo LANDM- Col [2]

Esta información que se acopia con el fin de lograr la identificación del territorio en los componentes físicos, jurídicos y económicos con base en criterios técnicos y objetivos son un bien estratégico de la nación para la toma de cualquier decisión.

Junio, 2020

David Arce Rojas

Presidente de Arce Rojas Consultores


[1] Ver articulo de Alda Isabel Villegas, directora del departamento de Cartografía en Arce Rojas Consultores & Cía. S.A.S

[2] IGAC 2016. Conceptualización y Especificaciones para la Operación del Catastro Multipropósito V.2.1.1

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